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Actualizaciones de tarifas

Se trata de una situación en evolución: los tipos arancelarios, las designaciones de países y las normas están sujetos a cambios.

16 de abril de 2025

Recent Developments

March 4th, 2026: the U.S. Court of International Trade ordered U.S. Customs and Border Protection (CBP) to liquidate certain unliquidated entries without applying IEEPA duties and to reliquidate entries that are not yet final, potentially paving the way for refunds.

 

March 6th, 2026: CBP informed the court it is not yet ready to process refunds but expects it could develop the necessary functionality in the Automated Commercial Environment (ACE) within approximately 45 days. The anticipated process may require importers to identify affected entries, after which ACE would validate them, recalculate duties without IEEPA tariffs, and aggregate potential refunds and interest before payments are issued by the U.S. Treasury.

 

The refund process and timeline remain uncertain, and additional court proceedings or appeals may affect implementation.

Decisión del Tribunal Supremo sobre los aranceles de la IEEPA

Following a key Supreme Court decision that invalidated tariffs under the International Emergency Economic Powers Act (IEEPA), the Trump Administration is implementing a new 10% global tariff under Section 122 of the 1974 Trade Act. This is a new tariff under a different legal authority and is not automatically affected by the Court’s ruling on IEEPA.

  • Other tariffs under sections 301 and 232 remain unaffected.

 

At this time, U.S. Customs and Border Protection has not issued formal implementation guidance regarding the operational impact of this ruling.

Qué significa esto para los importadores

Las tarifas de la IEEPA dejarán de cobrarse a partir del 24 de febrero a las 12:01 a. m. EST.

  • La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) no ha emitido instrucciones con respecto a reembolsos o plazos.
  • Las entradas de importación deben seguir presentándose según los procedimientos actuales de la CBP hasta que se publiquen las directrices oficiales.
  • En este momento no se requiere ninguna acción inmediata por parte de los importadores.
  • Se ha anunciado una nueva tarifa universal del 10 % que se espera que entre en vigor en breve.

Reembolsos arancelarios de la IEEPA: asistencia disponible para reembolsos ACH

Aunque aún no se han anunciado los procedimientos de reembolso, los importadores deben asegurarse de que sus cuentas ACH de reembolso estén correctamente configuradas con la CBP. Contar con la capacidad de reembolso ACH ayudará a evitar retrasos si se autorizan los reembolsos.

Dado que el proceso de reembolso aún es incierto, presentar una reclamación ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) es la mejor manera de preservar su derecho a un reembolso. Si aún no ha establecido o confirmado su configuración de reembolso ACH, le recomendamos encarecidamente que lo haga como medida preventiva. Presentación de una reclamación:

  • Conserva tus derechos de reembolso.
  • Le protege si la CBP exige protestas como parte del proceso de reembolso.
  • Garantiza que su reclamación permanezca activa mientras continúa el litigio.

Si no presenta una protesta dentro de los 180 días posteriores a la fecha de liquidación, podría poner en peligro su capacidad para recuperar los aranceles pagados. Obtenga más información sobre el proceso de liquidación aquí.

 

OIA Global ayudar de varias maneras:

  • Revise los datos de su entrada para identificar los envíos afectados por la IEEPA que cumplan los requisitos.
  • Realice un seguimiento de las fechas de liquidación para garantizar que se cumplan los plazos.
  • Preparar y presentar protestas en su nombre.
  • Enviar protestas por lotes para mejorar la eficiencia.
  • Coordínese con su asesor legal (si procede).

 

Resumen de fechas de entrada en vigor

24 de febrero de 2025: Estados Unidos aplica un nuevo arancel global del 15 % en virtud del artículo 122 de la Ley de Comercio de 1972. Los aranceles pueden durar hasta 150 días, y los productos procedentes de México y Canadá quedan excluidos debido a acuerdos comerciales anteriores.

24 de febrero de 2025: los aranceles de la IEEPA dejarán de recaudarse a partir de las 12:01 a. m. EST.

1 de noviembre de 2025-EE.UU. impone un impuesto a la importación del 25% a todos los camiones medianos y pesados y un gravamen del 10% a los autobuses.

14 de octubre de 2025 -Aranceles del 10%sobre las importaciones de madera blanda y aserrada, así como gravámenes del 25% sobre armarios de cocina, tocadores y productos de madera tapizados.

1 de octubre de 2025:Estados Unidos aplica un arancel del 100% a los productos farmacéuticos de marca y patentados que entren en su territorio.

8 de septiembre de 2025-EstadosUnidos establece un derecho ad valorem de referencia del 15% sobre casi todos los productos importados de Japón, que se aplica con carácter retroactivo a las mercancías introducidas para su consumo o retiradas de un almacén para su consumo a partir de las 12:01 a.m. EST del 7 de agosto de 2025.

5 de septiembre de 2025-El presidenteTrump modificó el alcance de los aranceles recíprocos, añadiendo y eliminando algunas mercancías de la lista del Anexo II.

27 de agosto de 2025-Laexención de minimis para paquetes de bajo valor queda oficialmente anulada. La norma permitía que mercancías valoradas en 800 dólares o menos entraran en EE.UU. libres de impuestos y con una supervisión aduanera mínima. Más información aquí.

27 de agosto de 2025-EE.UU. impone un arancel adicional del 25% a los productos importados de la India.

18 de agosto de 2025: más de 400nuevos productos están ahora sujetos a los aranceles de la Sección 232 sobre el acero y el aluminio, que afectan tanto a las materias primas como a los derivados.

11 de agosto de 2025-EE.UU.y China acuerdan retrasar los aranceles adicionales 90 días, hasta el 10 de noviembre.

7 de agosto de 2025-EE.UU. impone aranceles recíprocos a más de 50 países que no alcanzaron un nuevo acuerdo comercial antes de la fecha límite del 1 de agosto.

6 de agosto de 2025: EE.UU. aplicará un arancel del 50% a la mayoría de los productos brasileños.

6 de agosto de 2025-EE.UU. aumenta un 25% los aranceles sobre los productos indios; entrará en vigor el 27 de agosto.

30 de julio de 2025-EE.UU. suspende la clasificación de minimis libre de impuestos para todos los países.

30 de julio de 2025-Todas lasimportaciones de productos semiacabados de cobre y productos intensivos derivados del cobre estarán suj etas a un arancel del 50%, que entrará en vigor a las 12:01 a.m. EST del 1 de agosto.

27 de julio de 2025-EstadosUnidos y la Unión Europea (UE) acuerdan un nuevo pacto comercial.

22 de julio de 2025-EE.UU. llega a acuerdos comerciales con Japón, Indonesia y Filipinas.

12 de mayo de 2025-China/EE.UU.acuerdan reducir los aranceles.

  • Suspensión de 90 días de los derechos ad valorem sobre China.
  • Suspensión del tipo de derecho ad valorem específico por país.
  • La tarifa De Minimus se reduce del 120% al 54

3 de mayo de 2025-Piezasde automóviles (arancel del 25% en virtud de la Sección 232)

3 de abril de 2025-Automóviles(arancel del 25% en virtud de la Sección 232)

12 de marzo de 2025-Ampliacióndel arancel SEC232 (acero/aluminio)

4 de marzo de 2025-IEEPAelevado al 20%.

4 de febrero de 2025-IEEPAArancel del 10

¡Las negociaciones comerciales están evolucionando rápidamente! Todas las partes implicadas en la industria de la cadena de suministro deben ser conscientes de que estas leyes, que tienen un gran impacto, cambiarán de forma regular y significativa.OIA Global publica avisos, incluidas actualizaciones sobre las últimas novedades en materia de aranceles. Le recomendamos que marque algunos de estos útiles recursos para consultarlos en el futuro. 

Recursos clave

Exención de minimis para paquetes de bajo valor

July 30th Executive Order: The U.S. suspended the duty-free de minimis classification for all countries, which applied to parcels valued <$800. The order will take effect on August 29, 2025. 

 

  • Cualquier mercancía enviada a través de la red postal internacional estará sujeta a tarifas arancelarias basadas en el valor del paquete y su país de origen.

Órdenes ejecutivas y reglamentos

  • El3 de febrero de 1926, Estados Unidos y la India firmaron un acuerdo comercial que reducía los aranceles de la India del 25 % al 18 %.

El 30 de octubre, Estados Unidos acordó retrasar un año más la imposición de aranceles más elevados a China. Como parte de un acuerdo consensuado, Estados Unidos redujo los aranceles sobre las importaciones procedentes de China del 20 % al 10 %. Según el representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer,se mantienen en vigor diversos aranceles de la Sección 301 y la Sección 232 , y los productos procedentes de China seguirán estando sujetos a una carga arancelaria de aproximadamente el 47%.

 

Desde el 7 de agosto de 2025, EE.UU. ha promulgado aranceles recíprocos generalizados sobre las importaciones de más de 60 países, con aranceles que oscilan entre el 10% y más del 100%, dependiendo del origen y el sector. Otras medidas, como las sanciones sectoriales y las disposiciones antitransbordo, complican aún más el panorama comercial. El impacto en los costes en destino, las estrategias de abastecimiento y los protocolos de cumplimiento será significativo.

  • México obtuvo un indulto y sus tipos actuales se prorrogaron otros 90 días.
  • La UE retrasó 6 meses sus contramedidas.

 

 

12 de mayo de 2025 Órdenes ejecutivas

Suspensión de 90 días de los derechos ad valorem sobre China: La Orden Ejecutiva suspenderá por un período de 90 días la aplicación de los aranceles ad valorem adicionales impuestos a China que figuran en el Anexo I de la Orden Ejecutiva 14257 (modificada por la Orden Ejecutiva 14259 y la Orden Ejecutiva 14266, y aclarada en el Memorando Presidencial de 11 de abril de 2025 (Aclaración de las excepciones en virtud de la Orden Ejecutiva 14257 de 2 de abril de 2025, modificada).

Suspensión del tipo de derecho ad valorem específico por país: A partir de las 12:01 a.m. ET del 14 de mayo, todos los artículos importados al territorio aduanero de EE.UU. desde China, incluyendo Hong Kong y Macao, estarán sujetos, de conformidad con la ley, a una tasa adicional ad valorem del 10%, sujeta a todas las excepciones aplicables establecidas en la Orden Ejecutiva 14257 y el Memorando Presidencial del 11 de abril de 2025.

 

Ley de poderes económicos de emergencia internacional (IEEPA) Aranceles

  • Impuestos el 4 de febrero de 2025 al 10%, aumentados al 20% el 4 de marzo de 2025, con aranceles recíprocos adicionales de hasta el 84% a partir del 5 de abril de 9.
  • Pausa de 90 días para los aranceles recíprocos a partir del 10 de abril de 2025, reduciendo los tipos al 10% para todos los países, excepto China, que se aumentó al 125%.
  • No puede acogerse a la devolución de derechos.
  • Ejemplo de carga arancelaria total: COO:CN HTS = 7%, Sec 301 = 25%, IEEPA = 20%, Recíproco = 125% → Total = 177%.

Disposición sobre tránsito: El Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU. (CBP) proporcionó orientación en su página web IEEPA sobre la aplicabilidad de la disposición en tránsito. Las disposiciones sobre aranceles recíprocos en tránsito solo se aplican al modo de transporte marítimo y no a otros modos de transporte como el aéreo, ferroviario, por camión, etc.

 

Aranceles de la Sección 232

  • Camiones y autobuses: Estados Unidos impone un impuesto de importación del 25% a todos los camiones medianos y pesados y del 10% a los autobuses.
  • Madera y leña: Aranceles del 10% sobre las importaciones de madera blanda y aserrada, así como gravámenes del 25% sobre armarios de cocina, tocadores y productos de madera tapizados.
  • Cobre: Todas las importaciones de productos semiacabados de cobre y productos intensivos derivados del cobre estarán sujetas a un arancel del 50%, que entrará en vigor a las 12:01 a.m. EST del 1 de agosto.
  • Acero y aluminio: Desde el 18 de agosto, más de 400 nuevos productos están sujetos a los aranceles de la Sección 232 sobre el acero y el aluminio, que afectan tanto a las materias primas como a los derivados.
  • Automóviles y repuestos:
    • Automóviles: 25% a partir del 3 de abril de 2025
    • Piezas: 25% a partir del 3 de mayo de 2025
    • Automóviles aptos para el USMCA: El arancel sólo se aplica al contenido no estadounidense
    • Declaraciones erróneas: Sujeto a aranceles retroactivos y disposiciones de reintegro.

En el Registro Federal, el CBP de EE.UU. proporcionó instrucciones a los importadores, agentes de aduanas y declarantes sobre la presentación de entradas de importación para los aranceles del 25% sobre determinadas piezas de automóviles procedentes de todos los países. 

Preguntas más frecuentes (FAQ)

1. ¿Tengo que actuar ahora?

Sí. Muchos de estos aranceles ya están en vigor. Si importa mercancías a EE.UU., sus costes y requisitos de documentación pueden haber cambiado.

2. ¿Puedo cambiar de proveedor para evitar las tarifas?

En muchos casos, sí. OIA puede ayudarle a explorar opciones de abastecimiento en países o regiones con aranceles más bajos.

3. ¿Existen formas de recuperar o reducir las tarifas?

Algunas estrategias de mitigación pueden estar disponibles, pero ciertos aranceles -especialmente bajo la IEEPA- no permiten devoluciones de derechos. En función de sus productos y rutas comerciales, le ayudaremos a determinar qué es posible.

4. ¿Afectará esto a mis plazos de entrega?

Es posible. Aunque los plazos de transporte son estables, el despacho de aduanas puede llevar más tiempo debido a la mayor complejidad de los requisitos de entrada y las revisiones.

5. ¿Volverán a cambiar estas tarifas?

Sí, se trata de una situación en curso. Las tarifas y normas pueden cambiar con poca antelación.

6. ¿Dónde puedo obtener más información?

Visite https://www.oiaglobal.com/news/advisories para conocer las últimas actualizaciones. O póngase en contacto con su representante de OIA Global Global para abordar juntos la situación.

Cómo le afecta a usted

Repercusiones en los costes: Los aranceles pueden elevar significativamente el coste total en destino de sus productos, afectando a los modelos de márgenes y precios.

Cambios en la cadena de suministro: Es posible que tenga que reconsiderar dónde se abastece de productos o materiales para evitar aranceles excesivos.

Complejidad aduanera: Es posible que se requiera documentación, declaraciones y pasos de cumplimiento adicionales para el procesamiento de entrada.

 

Cómo puede ayudar la OIA

Aprovisionamiento alternativo: Aproveche nuestra red mundial para explorar opciones de proveedores en países con aranceles bajos o nulos.

Apoyo para el cumplimiento de la normativa: Los especialistas en aduanas de OIA pueden ayudar con las revisiones de clasificación, la elegibilidad para las exclusiones y el cumplimiento normativo.

Planificación estratégica: Trabajaremos con usted en estrategias proactivas para mitigar el impacto financiero y operativo de las tarifas actuales y futuras.

Consultas: Le ayudaremos a evaluar el impacto de los aranceles en toda su cadena de suministro y a identificar las áreas de riesgo.