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Circular Informativa Aduanera: Impuesto Sobre Plásticos no Reutilizables

Les informamos que, a partir del 1 de enero de 2024, la acreditación del plástico reciclado únicamente podrá acreditarse mediante una de las siguientes certificaciones, tal como establece el artículo 77, punto 3 de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

11 de enero de 2024

Símbolo de reciclaje lleno de residuos plásticos sobre un fondo oceánico azul con el texto "EU Plastics Strategy" en el centro.

Gráfico que muestra un símbolo de reciclado hecho de residuos plásticos sobre un fondo oceánico con el texto "Estrategia de la UE sobre los plásticos", en el que se destacan iniciativas medioambientales.

CIRCULAR INFORMATIVA ADUANERA: IMPUESTO SOBRE PLÁSTICOS NO REUTILIZABLES

 

Certificación UNE EN 153343 : "plásticos. plásticos reciclados. Trazabilidad y evaluación de conformidad del reciclado de plásticos y contenido en reciclado.

  • O una Certificación ISCC que garantice la procedencia del reciclado químico

En conclusión, a partir del 1/1/2024, los importadores o adquirientes, precisarán que sus proveedores y fabricantes de terceros países, les faciliten alguna de las certificaciones anteriormente mencionadas para acogerse a la exención del impuesto y evitar incurrir en infracciones tributarias.

La cantidad de plástico no reciclado se continuará indicando en la factura comercial, en el packing list o certificación del importador.

ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN ADUANERA: DECLARACIÓN DE PLÁSTICOS NO REUTILIZABLES EN LAS DECLARACIONES ADUANERAS DE IMPORTACIÓN

 

Le informamos que, a partir del 1 de enero de 2024, la acreditación de plástico reciclado sólo podrá acreditarse a través de alguna de las siguientes certificaciones, tal y como establece el artículo 77, punto 3 de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

 

Certificación UNE EN 153343: "plásticos. plásticos reciclados. Trazabilidad y evaluación de la conformidad del reciclado de plásticos y del contenido reciclado.

  • O una Certificación ISCC que garantice el origen del reciclado químico

En conclusión, a partir del 1/1/2024, los importadores o compradores exigirán a sus proveedores y fabricantes de terceros países que les faciliten algunas de las certificaciones para beneficiarse de la exención fiscal y evitar incurrir en infracciones tributarias.

La cantidad de plástico no reciclado seguirá indicándose en la factura comercial, en la lista de envasado o en la certificación del importador.

 

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración

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